Este lunes la Corte Suprema ratificó la sentencia que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), dictó contra la ANFP en junio pasado, que condena al máximo órgano del fútbol chileno a pagar una multa de US$ 2,5 millones.
Esto, por la exigencia del ente rector del balompié nacional a los clubes que ascendían de la Segunda División Profesional a la Primera B a pagar una cuota de incorporación, que el fiscal nacional Económico, Ricardo Riesco, calificó como desproporcionada.
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“Confirma que la imposición de la cuota de incorporación por parte de la ANFP es una restricción desproporcionada e injustificada a la competencia y que ha producido un efecto exclusorio, disminuyendo la capacidad competitiva de los equipos que ascendieron a Primera B”, señaló Riesco.
Cabe recordar, que el caso se originó el año 2018, con el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica ante el TDLC, donde se le acusó a la ANFP que este pago tuvo el efecto de limitar la capacidad competitiva y deportiva de los clubes que la pagaron y que este cobro ha operado como una barrera artificial para el ingreso al mercado.
Esta acusación fue respaldada por la Corte Suprema en su fallo. “El establecimiento, regulación y exigencia de la cuota de incorporación objeto del requerimiento, constituye una barrera de entrada al mercado relevante, diseñada exclusivamente por los incumbentes con una finalidad u objetivo exclusorio o anticompetitivo”, afirmaba la sentencia.
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El fiscal también explicó que en este rubro debe existir la libre competencia. “Esta sentencia ratifica que el fútbol profesional chileno, cuyo único organizador es la ANFP, es una actividad económica y que no existen mercados que puedan eximirse de cumplir con las leyes de libre competencia”, concluyó.
Esta cuota que empezó a cobrarse a los clubes desde el 2011, empezó en las 50 mil UF, y luego se bajó a 24 mil. Un cobro que terminará con esta sentencia de la Corte Suprema, ya que “ello implicaría validar la subsistencia de una conducta antijurídica y atentatoria a la libre competencia”.
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