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El presidente Sebastián Piñera promulgó este jueves la ley de conmutación de penas, también conocida como indulto humanitario, que busca reemplazar la condena de privación de libertad por arresto domiciliario para las personas que hayan cometido delitos menos graves y que pertenezcan a la población de riesgo, con el fin de descongestionar las cárceles del país.

La iniciativa pudo ver la luz luego de que el Tribunal Constitucional rechazara un requerimiento de Chile Vamos y, según explicó el mandatario, beneficiará a cerca de 1.700 personas que representan “bajos niveles de peligrosidad”. 

Además, afirmó que se trata de “un acto humanidad, es deber del Estado proteger la vida y salud de todos los chilenos, y muy especialmente aquellos grupos que por sus carácter y circunstancias representan grupos de alto riesgo”.

Las condiciones de estos recintos dificultan o hacen imposible cumplir medidas sanitarias como el distanciamiento o aislamiento social, lavado frecuente de manos y todas las recomendaciones sanitarias de la autoridad”, añadió el mandatario.

También reiteró que la ley excluye del indulto a las personas condenadas por delitos de extrema gravedad, entre los que mencionó delitos graves contra la vida, integridad física y psíquica o libertad personal, como la violencia intrafamiliar, secuestro y extorsión para obtener dinero, sustracción de menores, tortura, violación, abuso sexual agravado, parricidio, femicidio, infanticidio, tráfico ilícito de migrantes, delitos de lesa humanidad y condenados por la ley control de armas.

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Requisitos para el indulto

Entre quienes podrán acceder al indulto, el mandatario mencionó cinco grupos: todas las personas mayores de 75 años y las mujeres de entre 55 y 75 años; los hombres entre 60 y 75 años con la condición de que hayan cumplido la mitad condena y le resten menos de 36 meses, y las mujeres embarazadas o que tengan hijos menores de 3 años que hayan cumplido un tercio de la pena y tengan un saldo de menos de 3 años por delante.

También podrán hacerlo las personas que estén cumpliendo reclusión nocturna, hayan cumplido un tercio de la pena y resten 36 meses; y los reclusos que tienen permiso de salida de los recintos, que hayan cumplido más de la mitad de la pena y le resten 3 años o menos.

Las personas indultadas que violen la reclusión domiciliaria deberán cumplir en la cárcel lo que les reste de la pena original“, advirtió el mandatario y añadió que “si se cometen nuevos delitos, no solo se cumplirá la pena original sino que también la que le corresponda por el nuevo”.

“Confiamos en que los beneficios de esta ley serán utilizados con prudencia y responsabilidad”, cerró.

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