El texto redactado por la Convención Constitucional garantiza el derecho a la ESI y dice que esta promoverá "el disfrute pleno y libre de la sexualidad". Revisa acá los detalles.
La responsabilidad sexoafectiva y el consentimiento son parte de los conceptos que promueve el Artículo 40 de la propuesta de nueva Constitución en su Capítulo II: Derechos Fundamentales y Garantías.
De aprobarse el texto emanado de la Convención Constitucional, la Carta Magna resguardará por primera vez el derecho a una educación sexual integral (ESI).
Dicho artículo menciona que esta educación sexual integral promoverá “el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexoafectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad”.
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Además, estipula que erradicará “los estereotipos de género” y prevendrá la violencia de género y sexual.
La Corte sostuvo que, en esta etapa, basta la “justificación” de los delitos y que la defensa no logró desvirtuar el peligro para la seguridad de la sociedad. También descartó que el artículo 324 del COT opere como excusa para el cohecho y apuntó al “carácter organizado” del presunto plan, además de las altas penas asociadas.