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En un comunicado difundido este jueves, 14 constituyentes de la Comisión de Forma de Estado de la Convención Constitucional presentaron una iniciativa que “consagra un Estado Regional y entidades territoriales autónomas“, que discutieron sesionando desde la Región de Aysén.

“La aspiración de profundizar la democracia que está en el centro del proceso constituyente que vivimos, no sólo se expresa a través del cuestionamiento al sistema político, sino también se vincula con la organización territorial del Estado“, expresaron en sus fundamentos, agregando que “desde su fundación, Chile ha adoptado una forma de Estado unitaria, con fuertes elementos de centralización política, herencia del pasado colonial y el molde afrancesado del Estado jacobino-napoleónico”.

De esta manera, indicaron que la medida propuesta es “una alternativa política en la relación que tiene el poder con el territorio sobre el que se ejerce, proponiendo el establecimiento de un Estado Regional que se haga cargo de las demandas democratizadoras, la autonomía, la desigualdad territorial, el ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y la protección de la naturaleza“.

Esto, expresaron, para “transitar hacia una nueva forma de Estado donde se distribuye territorialmente el poder, permitiendo el desarrollo de cada uno de los proyectos de vida, independiente el lugar donde nazcas o decidas vivir”.

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Específicamente en cuanto al concepto de Estado Regional, consignaron que “el Estado promoverá la cooperación, desarrollo armónico, adecuado y justo entre las diversas entidades territoriales, atendiendo especialmente a aquellas ubicadas en territorios insulares y zonas extremas“.

En tanto, sobre la entidades territoriales, señalaron que se refiere a una organización “en regiones autónomas, comunas, territorios insulares, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales”, añadiendo que “las regiones autónomas y las comunas cuentan con personalidad jurídica, estatuto y patrimonio propio, con las potestades y competencias necesarias para autogobernarse, teniendo como límite sólo el interés general y la delimitación de competencias establecidas de acuerdo con la Constitución y la ley”.

Finalmente, establecieron, “la creación, modificación, delimitación y supresión de las entidades territoriales deberá considerar criterios históricos, geográficos, sociales, culturales, ecosistémicos y económicos, garantizando la participación popular, democrática y vinculante de sus habitantes”.

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