Agencia Uno

Este lunes, el pleno de la Convención Constitucional votó dos informes de segunda propuesta de la Comisión de Principios Constitucionales, que incluyó indicaciones sobre la plurinacionalidad y derechos de las personas mayores, entre otros.

El artículo N°10, referente a la Recepción e integración del derecho internacional de los Derechos Humanos, recibió 111 votos a favor, por lo que pasó al borrador de la nueva Constitución.

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Esta norma establece que “los derechos y obligaciones establecidos en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los principios generales del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional consuetudinario de la misma materia, forman parte integral de esta Constitución y gozan de rango constitucional”.

El hemiciclo también visó el inciso segundo del artículo 1 sobre los derechos de las personas mayores, que señala que este grupo “tiene derecho a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato (…); a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan”.

Además, se visó el artículo relacionado a los derechos de personas con discapacidad, el cual establece la creación de un sistema nacional “a través del cual se elaborarán, coordinarán y ejecutarán las políticas y programas destinados a atender las necesidades de trabajo, educación, vivienda, salud y cuidado de las personas con discapacidad”.

El pleno también aprobó que el Estado garantice “los derechos lingüísticos e identidades culturales de las personas con discapacidad, los que incluyen el derecho a expresarse y comunicarse a través de sus lenguas y el acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación (…) y garantizará la autonomía lingüística de las personas sordas en todos los ámbitos de la vida”.

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El tercer inciso del artículo 11, que establece que “niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que les permitan el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad (…) El Estado deberá velar porque no sean separados de sus familias, salvo como medida temporal y último recurso en resguardo de su interés superior”, fue aprobado y pasará al borrador constitucional.

También fue visada la norma que consagra el principio de no devolución, presentada por la convencional Paulina Veloso (RN). “Ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras del Estado donde su vida o libertad pueden verse amenazadas, corra riesgo de persecución o graves violaciones de derechos humanos”, señala el artículo.

Los rechazados

El Artículo 4, que buscaba el principio de plurinacionalidad y establecía que “el Estado reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones dentro de su territorio en igualdad de derechos, y sin discriminación en la distribución y ejercicio del poder”, fue rechazado tras no alcanzar el quorum requerido.

La indicación sobre el derecho a migrar no alcanzó los dos tercios y fue desechada. “Lamentablemente, la Comisión no fue capaz de formular una propuesta de derecho a migrar que se sometiera a la consideración del pleno, solo nos quedamos con un principio que es importante, como el de no devolución, pero que no es suficiente para abordar la problemática en su integridad”, dijo el convencional Tomás Laibe.

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