El Ministerio de Economía, el Sernac y la SBIF elaboraron un reglamento para la celebración, modificación y/o término de contrato con las personas.
El caso Cencosud cambió las reglas en el retail y los bancos para la relación con sus clientes. Prueba concreta de ello fue cuando el 30 de abril la Superintendencia de Bancos prohibió el consentimiento tácito ante cambios en los contratos, como el alza en las comisiones.
En un trabajo en conjunto del Ministerio de Economía, el Sernac y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras se elaboró un reglamento para la celebración, modificación y/o término de contrato con las personas. Según el Gobierno, esto dará certeza absoluta de las condiciones a ambas partes.
Por su parte, la Conadecus asegura que el nuevo instrumento de regulación valida cobros injustificados, mientras que en la banca y el comercio aseguraron que lo estudiarán para tener una respuesta definitiva en las próximas semanas.
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