El 1 de mayo se conmemora un nuevo Día Internacional de los Trabajadores, feriado irrenunciable que este año cae día miércoles.
De acuerdo a la Dirección del Trabajo (DT), al ser feriado irrenunciable, algunos sectores del comercio deben permanecer cerrados de manera obligatoria.
¿Estarán abiertos malls y supermercados el 1 de mayo?
El artículo 2 de la ley 19.973 establece que el 1 de mayo es feriado “obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores del comercio”, por lo que se desprende que malls y supermercados estarán cerrados durante el miércoles 1 de mayo.
De todas maneras, la normativa tiene algunas excepciones.
¿Quiénes deben trabajar el 1 de mayo?
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como bencineras o bombas de bencina).
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
¿A qué sanciones se arriesga un empleador si no respeta el feriado irrenunciable?
La Dirección del Trabajo señala que al no cumplir con el feriado obligatorio e irrenunciable, se pueden aplicar multas que van desde los 5 UTM hasta las 20 UTM “por cada empleado afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa”.
Los empleados afectados por la infracción deben terminar de manera inmediata sus turnos y salir de su lugar de trabajo.
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