Paracaidistas que aterrizaron en Vicuña Mackenna: ¿Qué multas contempla la ley por realizar saltos sin autorización?

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Paracaidistas que aterrizaron en Vicuña Mackenna: ¿Qué multas contempla la ley por realizar saltos sin autorización?

El aterrizaje de dos paracaidistas en la avenida Vicuña Mackenna generó sorpresa y temor entre quienes circulaban por el sector, en una acción que podría tener severas consecuencias legales para sus protagonistas, luego de que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informara que inició una investigación para determinar las circunstancias y eventuales infracciones.

La normativa aeronáutica establece una serie de exigencias para las operaciones de salto en paracaídas, especialmente cuando estas se realizan sobre áreas pobladas o pueden representar un riesgo para personas o bienes en tierra.

En este caso, la propia DGAC informó que no otorgó autorización para la maniobra registrada. La normativa establece que los saltos sobre áreas congestionadas, ciudades o pueblos requieren autorización de la autoridad aeronáutica, además de los permisos que correspondan para el lugar de aterrizaje.

¿Cuáles serían las multas?

El Código Aeronáutico establece que la DGAC es el organismo encargado de conocer y sancionar las infracciones a la normativa aeronáutica dentro de su competencia. En el artículo 185, la legislación contempla cuatro tipos de sanciones para aquellas infracciones que no constituyan delito:

  • Amonestación escrita.
  • Multa de cinco a quinientos ingresos mínimos mensuales.
  • Suspensión de los permisos o licencias por un plazo de hasta tres años.
  • Cancelación definitiva de los permisos o licencias.

Para el cálculo de estas sanciones se utiliza el Ingreso Mínimo Mensual para fines no remuneracionales, que actualmente corresponde a $356.815.

De esta forma, las multas contempladas por el artículo 185 podrían ir desde los $1.784.075 hasta los $178.407.500. Sin embargo, estos montos corresponden al rango general establecido por el Código Aeronáutico y no implican que esas sanciones necesariamente vayan a ser aplicadas a los involucrados.

La investigación de la DGAC deberá establecer las circunstancias en que se produjo el hecho, determinar si existieron infracciones a la normativa aeronáutica y definir qué eventuales sanciones corresponderían.

 

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