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En la actual Constitución, el Capítulo I comprende 9 artículos que establecen principios básicos, como la libertad e igualdad con que nacen las personas, el régimen político y el rol y la administración del Estado, entre otras.

El debate iría en torno a cuáles serían los elementos que deberían sentar las bases de la nueva Carta Magna. Por ejemplo, se define a Chile como república democrática, pero en los últimos años se ha debatido respecto a si deben aparecer conceptos como “laico” o “plurinacional”.

O respecto al artículo 1, que dice que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. ¿Debería además explicitar que el Estado debe garantizar la provisión de prestaciones sociales para mantener dicha dignidad y derechos no sólo al momento de nacer, sino también a lo largo de la vida de cada persona?

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Precisamente en esto último abordó el doctor en Derecho, historiador del Derecho y especialista en Historia Constitucional, Eric Palma, quien en el primer episodio de Derechos y Deberes explicó en qué consiste la Carta Magna de 1980.

“En este modelo constitucional de Estado subsidiario nunca vamos a conseguir que el Estado cumpla con la disposición del artículo 1″, dice el experto con respecto al primer apartado.

“Los gobiernos entienden que el Estado cumple garantizando las ofertas que hagan los privados. Se requiere un nuevo modelo de Estado Constitucional, que consagre un Estado activo y promueva que se satisfagan los derechos de las personas”, agrega.

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