Según se ha dicho, el lucro en la educación podría permanecer debido a que el artículo que señala esto, habría sido mal votado en el Congreso. Como explicación: teniendo características de Ley Orgánica Constitucional, es decir, con quorum calificado, se votó como una ley simple.
Debido a esto, el Tribunal Constitucional realizará el control de constitucionalidad de las normativas, por mandato de la carta fundamental. Y aunque no existió ningún requerimiento por parte de los partidos del oficialismo, el TC tomará cartas en el asunto de todas maneras.
“El Tribunal Constitucional tiene que hacer su labor aunque las autoridades, por razones de querer hacer bien las leyes, les gusta que salgan luego”, explicó el presidente del TC.
Por su parte, el diputado de Revolución Democrática, Giorgio Jackson, declaró que el TC no estaría operando con forma de derecho y enfatizó en que estaría actuando con “preferencia política”.
Así, de ser ratificado que el artículo 63 se declare inválido en la votación de este jueves, las instituciones privadas que no invierten el dinero en educación, sino que para su propio beneficio, podrían seguir haciéndolo a pesar de otras normativas vigentes.
Para más detalles, revisa el video adjunto.
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