TC acoge parcialmente tres requerimientos presentados por la oposición en la megarreforma: Declara inconstitucional la restitución por RCA anulada

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Durante la noche de este jueves, el Tribunal Constitucional (TC) acogió parcialmente los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por la oposición respecto de la invariabilidad tributaria, el derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y la modificación de la Ley N.º 20.434 sobre relocalización de concesiones de acuicultura.

El pleno, integrado por la presidenta del TC, María Pía Silva, y los ministros Daniela Marzi, Nancy Yáñez, Miguel Fernández, Raúl Mera, Catalina Lagos, Héctor Mery, Marcela Peredo, Alejandra Precht y Mario Gómez, tras escuchar los alegatos de las partes, adoptó un acuerdo respecto de los tres requerimientos presentados contra diversas normas contenidas en el proyecto de Reconstrucción Nacional.

El presidente del Partido por la Democracia (PPD), Raúl Soto, señaló que “valoramos en parte la decisión del TC de acoger algunos aspectos de estos requerimientos que, como oposición, hemos presentado, porque consideramos que aspectos de esta megarreforma son inconstitucionales”.

Asimismo, enfatizó que “en esta materia teníamos la razón y no nos escucharon”.

Por su parte, el diputado de la Unión Demócrata Independiente (UDI) e integrante de la Comisión de Hacienda, Jaime Coloma, comentó: “Valoramos que el Tribunal Constitucional haya (acogido) casi la totalidad de la invariabilidad tributaria, porque permitirá entregar una señal potente de certeza y confianza a quienes quieran volver a invertir en Chile, después de tantos años en que nuestro país fue perdiendo competitividad a nivel internacional”.

Cabe mencionar que, en el caso de la invariabilidad tributaria, el organismo visó casi la totalidad del artículo, excepto una norma que permitía ampliar el beneficio a los proyectos conexos.

En tanto, respecto del artículo sobre la restitución estatal por la anulación de una RCA, el TC lo declaró inconstitucional en su totalidad.

Y en el artículo referido a la modificación de la Ley N.º 20.434, declaró inconstitucional el numeral 2, específicamente en la frase “micro-relocalización”, y la totalidad del numeral 3.

 


Revisa aquí el pronunciamiento del TC

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