Suseso actualiza dictamen y permite viajar durante licencias de maternidad

Por CNN Chile

03.06.2025 / 20:17

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La Suseso anunció una modificación en su normativa, señalando que "no corresponde aplicar la causal de incumplimiento de reposo", al tratarse de licencias maternales, lo que permite el desplazamiento tanto dentro como fuera del país.


En medio de la controversia generada por el uso de licencias médicas tras detectarse que algunos funcionarios públicos realizaron viajes al extranjero mientras estaban con reposo médico, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) anunció un cambio en su normativa.

Según informó Radio Biobío, la nueva disposición elimina la posibilidad de rechazar o invalidar licencias médicas de tipo pre y postnatal por el hecho de que la persona no se encuentre en su domicilio.

Esta modificación quedó establecida en el dictamen N° O-84937-2025, contenido en la Circular N° 3863, firmada electrónicamente por la superintendenta Pamela Gana Cornejo y fechada el 26 de mayo de 2025. El documento actualiza el Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA, específicamente en lo referido al artículo 55, letra a), del D.S. N° 3 de 1984 del Ministerio de Salud (Minsal).

“No corresponde aplicar la causal de incumplimiento de reposo respecto de las licencias médicas de pre y postnatal, por tratarse de un descanso derivado del embarazo y no de una enfermedad. Ello implica que, tratándose de estas licencias médicas, se permite el desplazamiento, por lo que no pueden ser rechazadas si la persona no se encuentra en el domicilio o si viaja dentro o fuera del territorio nacional”, señala la nueva letra j), incorporada al numeral 2 del Título V del Libro II del Compendio.

El cambio busca resguardar el principio de protección a la maternidad establecido en el Código del Trabajo. El dictamen tiene como objetivo cuidar tanto al recién nacido como la recuperación de la madre, por lo que estas licencias no deben ser tratadas como licencias comunes.

“No corresponde su rechazo por la causal de incumplimiento de reposo en caso de salida del país durante su vigencia”, establece el dictamen.

Cabe precisar que esta instrucción no se aplica a las licencias tipo 4 (por enfermedad grave de un niño menor de un año) ni a las tipo 7 (por patologías del embarazo), las que siguen sujetas al régimen general de reposo obligatorio.

Actualmente, la Contraloría General de la República (CGR) lleva adelante un sumario administrativo en la Suseso, en la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) y en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), con el fin de investigar eventuales fallas en los controles que debían realizar estas entidades.