Debido a su “responsabilidad en el secuestro calificado de Germán Moreno Fuenzalida, detenido desaparecido desde el 15 de julio de 1974, y víctima de la denominada “Operación Colombo””, dos agentes de la DINA fueron condenados a las penas efectivas de 8 años de presidio, como autores del delito de secuestro calificado.
Se trata de César Manríquez y Miguel Krassnoff, quienes fueron condenados por la Segunda sala de la Corte Suprema.
En el fallo se especifica:
“En la etapa de investigación, se logró establecer los siguientes hechos:
“a) Que por órdenes superiores, el Ejército de Chile acondicionó, a fines de 1973, unas cabañas de la playa de Rocas de Santo Domingo, para impartir cursos básicos de inteligencia a personal de la Fuerzas Armadas y de Orden, a fin de combatir a los opositores del Gobierno Militar de la época, personal que una vez instruido fue asimilado a diversas reparticiones de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), siendo comandante de dicho Regimiento Manuel Contreras Sepúlveda, el que al inicio los arengaba y les explicaba el propósito de su formación.
b) Que Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida era dirigente gremial en el Hospital San Borja y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) desde al menos el año 1971.
c) Que el día 15 de junio de 1974 agentes operativos de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), sin que hubiera orden alguna, procedieron a la detención en la vía pública de Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida, el que fue trasladado de inmediato al centro de detención clandestino de dicho organismo, denominado Londres 38, donde se le mantuvo privado de su libertad, fue interrogado y apremiado físicamente mediante torturas, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido en su salud física, síquica e integridad personal, hasta el día de hoy.
d) Que al tiempo después apareció en algunos medios periodísticos extranjeros, replicados por medios nacionales, la noticia de que Germán Rodolfo Moreno Fuenzalida había muerto junto a otras 118 personas en un enfrentamiento entre militantes de izquierda y/o en enfrentamientos con fuerzas extranjeras, sin que dicha noticia fuera confirmada por ninguna autoridad nacional ni extranjera”.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a familiares de la víctima.”
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