Nuevo portazo contra profesores: Rechazan recurso de protección por descuentos económicos a docentes en paro
Por CNN Chile
06.09.2025 / 11:48
El nuevo fallo se suma a otro sentenciado por la Corte de Apelaciones de Chillán que también rechazó la reclamación presentada por el Colegio de Profesores por descuentos en las remuneraciones.
La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó un recurso de protección presentado por el Colegio Regional de Profesores en contra del Servicio Local de Educación Pública, que descontó los días no trabajados a los docentes que se sumaron a paro nacional, en mayo y junio pasado.
Esta situación se produjo por instrucción de la Contraloría General de la República, quien se pronunció por los descuentos que se deberían realizar a los profesores que se ausentaran por las movilizaciones.
Según lo señalado por el Poder Judicial, en fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada un descartó actuar arbitrario o ilegal del Servicio Local de Educación Pública, al considerar que actuó dentro de sus atribuciones y conforme a la normativa.
El fallo indica que “el acto denunciado como arbitrario e ilegal consiste en el descuento de las remuneraciones aplicado por la Servicio Local de Educación Pública de Iquique, a los docentes que se adhirieron a la paralización de actividades de mayo y junio de 2025, actuación que conculcaría las garantías fundamentales consagradas en los numerales 2, 16 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República”.
“Que, en este contexto, la recurrida ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones y conforme a la normativa que rige la materia, por cuanto su proceder se fundamenta tanto en los dictámenes e instrucciones emitidos por la Contraloría General de la República como en la norma legal citada en el considerando precedente, la cual regula expresamente la situación de la especie al disponer que los días no trabajados no deben ser remunerados, no vislumbrándose ilegalidad o arbitrariedad alguna en su actuar”, añadió.
Del mismo modo, se advirtió que “a mayor abundamiento, cualquier discusión relativa al fondo del asunto debe ser planteada ante la judicatura que corresponda, puesto que, al tratarse de una materia remuneracional, no existe un derecho indubitado que deba ser tutelado por esta vía, excediendo en consecuencia el conocimiento de esta sede cautelar”.
El fallo de la Corte de Iquique se suma a otro similar de inicios de agosto de la Corte de Apelaciones de Chillán que también había rechazado un recurso de profesores por el descuento de remuneraciones.