La Dirección del Trabajo reiteró el llamado a respetar los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero, advirtiendo que las multas pueden alcanzar los $1.390.480 por cada trabajador, dependiendo del tamaño de la empresa.
El director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez, encabezó un punto de prensa en el mall Espacio M, en Santiago, donde subrayó que se trata de derechos laborales irrenunciables.
“Queremos que en esta Navidad y fin de año los trabajadores puedan estar con sus familias”, señaló.
Según la Ley 19.973, los trabajadores del comercio deben salir de sus locales a más tardar a las 20:00 horas del 24 y 31 de diciembre.
El retorno a las labores está permitido desde las 06:00 horas del 26 de diciembre y del 2 de enero de 2026, respectivamente. La autoridad llamó a los empleadores a organizar con anticipación los turnos para cumplir la normativa.
Las multas van desde 5 UTM para micro y pequeñas empresas hasta 20 UTM para grandes empresas, por cada trabajador afectado.
En 2024 pasado se cursaron 98 sanciones y más de 150 trabajadores fueron retirados de sus funciones por incumplimientos.
La ley contempla excepciones para rubros como restaurantes, cines, aeropuertos, farmacias de turno y servicentros, entre otros. En estos casos, se debe respetar el descanso bianual alternado.
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