Durante este viernes, el Tribunal Constitucional (TC) se pronunció sobre el control preventivo obligatorio de constitucionalidad del proyecto de ley de Reconstrucción Nacional.
Entre las disposiciones analizadas estaba la propuesta del Ejecutivo que busca eliminar el pago de contribuciones para las personas mayores de 65 años y compensar a los municipios por la menor recaudación que esto generaría.
El proyecto establecía condiciones para que las municipalidades recibieran dicha compensación, entre ellas, acreditar una reducción de al menos 30% en los plazos promedio de tramitación de permisos.
Sin embargo, el TC objetó este mecanismo al considerar que se contrapone con el mandato constitucional que establece al Fondo Común Municipal como un instrumento de “redistribución solidaria”.
“El legislador sustituye el criterio constitucional (la necesidad) por uno distinto (el rendimiento)”, señala la sentencia. En esa línea, agrega que “un municipio que reduzca sus plazos en un 29% pierde íntegramente la transferencia del año, en los mismos términos que uno que no haya hecho esfuerzo alguno”.
El tribunal sostuvo que los municipios con menos recursos son precisamente los que tendrían mayores dificultades para cumplir con los requisitos establecidos, por lo que, en lugar de corregirse las diferencias entre territorios, estas podrían profundizarse.
“La desigualdad territorial no se corrige, sino que se acumula”, planteó el TC.
No obstante, el organismo precisó que el legislador sí puede establecer exigencias relacionadas con la eficiencia de las municipalidades, aunque determinó que no puede hacerlo mediante este mecanismo. Por ello, eliminó las condiciones asociadas a la entrega de la compensación.
Además, el TC objetó una norma que establecía que los municipios no tendrían que aportar al Fondo Común Municipal, durante 2027 y 2028, la mayor recaudación obtenida por el cobro de patentes comerciales y tarifas de aseo que se encontraran morosas.
Según el tribunal, esta disposición beneficiaba particularmente a Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura, comunas que realizan aportes al Fondo Común Municipal por concepto de patentes comerciales.
⚖️ Tribunal Constitucional dicta sentencia por el control de constitucionalidad del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional (Boletín N°18.216-05).
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El senador del Frente Amplio (FA) e integrante de la Comisión de Economía, Diego Ibáñez, se refirió a la decisión del TC a través de X y sostuvo: “El TC declaró inconstitucional tres grupos de reglas: la reclamación judicial que subsistía del régimen de indemnización por anulación de una RCA; las condiciones impuestas a los municipios para recibir compensación por la exención de contribuciones a adultos mayores; y la exención temporal de aportes al Fondo Común Municipal que eximía a las cuatro municipalidades más ricas de aportar”.
¿Qué resolvió el TC?
En su sentencia, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales tres grupos de disposiciones del proyecto de ley de Reconstrucción Nacional.
Uno de los puntos objetados corresponde a la norma que permitía al titular de una resolución de calificación ambiental (RCA) anulada reclamar judicialmente ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La disposición también contemplaba la posibilidad de suspender el pago de la indemnización mientras se resolvían determinadas causales.
Otro de los grupos de normas declarados inconstitucionales corresponde a las disposiciones que condicionaban la entrega de recursos del Fondo Común Municipal a determinadas exigencias para los municipios.
Además, el TC declaró inconstitucional la norma que establecía una exención temporal de aportes al Fondo Común Municipal para los municipios respecto de la mayor recaudación obtenida por el cobro de patentes comerciales y tarifas de aseo morosas.
En tanto, el tribunal declaró constitucionales otras disposiciones del proyecto, entre ellas, la rebaja del impuesto corporativo y la invariabilidad tributaria.
“Vamos a analizarlo. De todas maneras, lo más importante de este fallo es que el proyecto está en condiciones de ser promulgado como ley de la República, lo que nos trae como Gobierno una gran esperanza de que con este proyecto de reconstrucción nuestro país pueda recuperar el impulso, el crecimiento y la certeza jurídica. Vamos a analizar el fallo. Lo más relevante es que el proyecto avanza para poder ser promulgado”, concluyó el subsecretario del Interior, Máximo Pavez.
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