En fallo unánime (causa rol 54.216-2017), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por las ministras Adelita Ravanales, Viviana Toro y el abogado (i) Juan Carlos Cárdenas– acogió la acción cautelar presentada por Nabila Rifo en contra del candidato a diputado Diego Ignacio Schalper Sepúlveda, tras establecer que el uso sin autorización de la imagen de la víctima vulnera derechos constitucionales.
“En el caso que aquí se trata y ante el hecho de haberse utilizado sin su consentimiento esa fotografía por el candidato recurrido, la afectada se opone a dicha difusión no autorizada y reclama la protección de su derecho en esta sede jurisdiccional. En opinión de esta Corte, la protección jurídica de este derecho se encuentra contemplado en el artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental, en que se asegura a todas las personas el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales. El derecho a la propia imagen pertenece a esta última clase de bienes siendo atributó de su dominio y propiedad el de usar y gozar libremente de su imagen, sin que nadie pueda utilizarla sin el expreso consentimiento del titular”, sostiene el fallo.
Vea el fallo completo a continuación:
Desde la candidatura presentaron un comunicado el pasado 9 de agosto refiriéndose al respecto, tras las críticas surgidas:
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