La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio, presentada en contra del Fisco, por un profesor que sufrió la pérdida de visión del ojo derecho.
La víctima recibió perdigones disparados por efectivos de Carabineros, en el contexto de una manifestación registrada el 29 de octubre de 2019, en Valdivia.
Según lo informado por el Poder Judicial, la Primera Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia de primera instancia y fijó en $90.000.000 el monto de la indemnización por concepto de daño moral.
El fallo indica que se logró acreditar que el afectado “resultó lesionado mientras huía junto a otras personas, del accionar de los carros lanza agua y lanza gases; que efectivamente al menos tres funcionarios policiales lanzaron 33 perdigones de goma. Ninguna conducta particular se ha atribuido al actor o al grupo de personas que huyeron junto a él. Ni saqueos, ni barricadas con fuego, ni agresión a carabineros ni otra similar“.
“Mal podrían los funcionarios policiales atribuirle alguna conducta específica si ni siquiera advirtieron que estaba herido en el lugar (…) lo que nos permite concluir que las balas eran disparadas al azar, a la masa de personas, sin discriminación en torno a sus conductas y por ende la proporcionalidad del uso de los niveles más altos de fuerza, pues, a pesar de no tratarse de armas de fuego, las escopetas antidisturbios son capaces de causar lesiones de gravedad, como la de este caso”, se añade.
Del mismo modo, apunta a que “de los hechos establecidos, resulta que se desprende un evidente daño moral. La lesión sufrida ha dejado consecuencias graves e irrecuperables al actor. Tal situación sin duda ha provocado un daño emocional, un sufrimiento que acompañará al Sr. (…) el resto de la vida, pues además, no ha podido desempeñarse en la profesión que sostenía hasta antes de los hechos, provocándole también un sufrimiento por el menoscabo e inestabilidad económica que tal situación le ha provocado”.
Asimismo, el fallo consigna que: “los hechos dan cuenta claramente de la falta de servicio de los agentes del Estado, ya por acción al disparar indiscriminada y desproporcionadamente, ya por omisión al no auxiliar a la persona lesionada”.
“Se revoca la sentencia de seis de agosto de dos mil veinticuatro y en su lugar se declara que se acoge la acción de indemnización de perjuicios por daño moral, fijándose en la suma de $90.000.000 (noventa millones de pesos), monto que deberá pagar el Fisco, reajustado y con intereses legales, contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada”, sentenció el fallo.
Lo más leído
- Carabinero vinculado a Cartel Jalisco Nueva Generación: Detienen a funcionario en San Antonio en medio de incautación de 400 kilos de cocaína
- Revisión del estatuto administrativo: Ministro Quiroz dice que "tiene larga data" y que comisión se constituirá esta semana
- Terremoto de magnitud 7,4 deja al menos 111 muertos en Colombia: 61 edificios colapsaron
- Empresa de retail fue condenada por vulnerar derechos de trabajadora embarazada: Corte confirmó multa contra la firma
- Codelco capitalizará el 100% de sus utilidades por primera vez en más de 50 años: Ganancias alcanzan los US$ 2.423 millones