Dirección del Trabajo recuerda frente a alerta de tsunami: “Tienes derecho a interrumpir tus labores y abandonar el lugar…”

Por CNN Chile

30.07.2025 / 09:30

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La DT recapituló los derechos que tienen los trabajadores y trabajadoras de cara a la alerta roja decretada para gran parte del país.


La Dirección del Trabajo (DT) recordó a los trabajadores y trabajadores sus derechos de cara a la alerta roja por tsunami que impera sobre las comunas del borde costero de gran parte de Chile.

En concreto, la alerta roja es para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Araucanía, Valparaíso, O’Higgins, Maule, Biobío, Los Lagos, Aysén, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, Los Ríos y Ñuble.

¿Qué dijeron desde la DT por la alerta de tsunami?

En X, la DT sostuvo que el Artículo 184 del Código del Trabajo “establece que tienes derecho a interrumpir tus labores y abandonar el lugar de trabajo si consideras que continuar implica un riesgo grave para tu vida o salud”.

Se debe informar al empleador de esta situación “en el menor plazo posible”, quien a su vez debe notificar a la Inspección del Trabajo. “No puedes sufrir perjuicio alguno por tomar estas medidas y siempre puedes ejercer acciones legales al respecto”, añadieron.

“Si la autoridad ordena la evacuación, el empleador debe suspender las labores de inmediato y evacuar a los trabajadores (…). Las labores solo pueden reanudarse cuando se garantice la seguridad y adecuación del lugar para trabajar”, cerraron.

Teletrabajo por suspensión de clases

El organismo también llamó a los empleadores a que, ante la suspensión de clase debido a la alerta de tsunami, ofrezcan “teletrabajo a trabajadores/as que tengan a su cargo al menos un niño o niña menor de 12 años”.

Recalcaron que ello es “siempre que la naturaleza de sus funciones lo permitan, y sin reducción de sus remuneraciones”.