La defensa de la abogada Leonarda Villalobos, imputada por su participación en el Caso Audios, manifestó su disconformidad este jueves luego de que el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decidiera mantener la prisión preventiva contra su representada.
Parte de los argumentos presentados por Fiscalía para mantener la medida cautelar más gravosa es la poca colaboración que otorgó a la investigación.
¿Qué dijeron desde la defensa de Villaobos?
En ese sentido, Alejandra Borda, la abogada defensora de Villalobos, sostuvo que Fiscalía hizo una diferencia entre su representada y los otros imputados al momento de considerar su “colaboración”.
Enfatizando en su descontento, la jurista expresó: “Considerábamos que los criterios del Ministerio Público hasta el día de hoy fuesen objetivos e igualitarios respecto de los otros imputados”.
Además, sostuvo que, a medida que Villalobos va tomando “consciencia”, va “aportando antecedentes desde lo que ella conoce”.
“Aquí nosotros entendemos que una persona que no maneja ni dirige los cursos de la conducta ilícita no puede saber todo lo que saben los directores, por lo tanto, su cooperación en el momento en que ella aporta de ninguna manera va a ser igual”, añadió la defensa.
Por lo que, para Borda, la cooperación que ha mostrado “ha sido sustancial porque con base en sus declaraciones y a lo que ella ha podido aportar efectivamente se han obtenido incluso otras declaraciones en las que se hacen contrapuntos con sus declaraciones”.
No obstante, y según declaraciones del fiscal de Alta Complejidad, Miguel Ángel Orellana, recogida por La Tercera, el aporte de Villalobos no habría sido catalogado como tal.
“Lo que hizo María Leonarda en sus declaraciones fue más una rendición que un aporte real a la investigación, en el sentido de que los antecedentes respecto a los que ella se pronunció en esta última declaración ya se contenían en la carpeta investigativa”, añadió.
Y aunque no negó que la abogada declaró ante Fiscalía, calificó como “poco oportunos” los datos aportados.
“Fue una cuarta o quinta declaración mucho tiempo después de la formalización. No tiene los caracteres de substancialidad porque en definitiva hay otras piezas de la investigación que ya habían puesto a criterio del tribunal en los momentos de resolver las cautelares”, manifestó el persecutor.
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