La Corte Suprema revocó este miércoles el fallo que obligaba a AFP Cuprum a devolver el total de los fondos de capitalización individual a la profesora antofagastina María Angélica Ojeda.
En junio pasado, la Corte de Apelaciones de Antofagasta había accedido a la petición de la docente y estableció un actuar arbitrario de la AFP al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados durante los años trabajados.
En específico, Ojeda busca obtener sus $46,5 millones para pagar un crédito hipotecario.
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Sin embargo, el máximo tribunal denegó la petición y en el fallo afirmó que “el dinero existente en toda cuenta de capitalización individual posee, de manera general, a la luz del ordenamiento jurídico vigente, un destino único y exclusivo, limitado al otorgamiento de pensiones bajo una de las modalidades que contempla la ley”.
“El eventual estado de injusticia material en que se encontraría la recurrente no se deriva de la respuesta dada por la AFP recurrida, organización que ha ajustado su obrar a derecho, sino que del sistema previsional reglado por el Decreto Ley No 3.500 y sus disposiciones complementarias”, añadió.
De este modo, señaló que lo anterior “deja en evidencia que la solución a tal disyuntiva pasa, precisamente, por la reforma o enmienda de dicho sistema previsional, asunto que, necesariamente, debe ser objeto de análisis en sede legislativa”.
No es la primera vez que la Corte Suprema toma una determinación de este tipo, ya que en marzo de este año, revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que también acogía un recurso de protección de este tipo contra la AFP Provida.
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