Cambio de hora en Chile ya tiene fecha oficial: ¿Se adelantan o atrasan los relojes?
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El máximo tribunal confirmó el fallo que avala la medida por razones de seguridad y descartó ordenar una visita del fiscal judicial al penal, solicitada por la defensa de los internos.
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que respaldó la decisión de Gendarmería de retirar electrodomésticos desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Tiltil, ex Punta Peuco.
Según los registros citados en la resolución, el listado incluye 105 refrigeradores, 73 televisores, 74 calefactores, 29 hornos eléctricos —además de microondas y hervidores—, 10 lavadoras-secadoras y 75 colchones particulares.
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Según informó La Tercera, la Corte de Apelaciones ya había concluido que la restricción no resultaba ilegal ni arbitraria, debido a que se sustentaba en las facultades de administración de Gendarmería y en riesgos asociados a la infraestructura eléctrica del recinto.
En el mismo pronunciamiento, el máximo tribunal desechó la solicitud para que el fiscal judicial de la Suprema, Jorge Pizarro, se constituyera en el penal, al estimar la diligencia como innecesaria.
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