La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión del Consejo Para la Transparencia (CPLT) que ordenó entregar información respecto de contratos y actos jurídicos realizados por las empresas del grupo SQM S.A. sobre la explotación de litio.
En fallo unánime (rol 509-2017) la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por ministros Carlos Gajardo, Leopoldo Llanos y la abogada (i) María Cecilia Ramírez- rechazó la apelación presentada por las empresa respecto de la entrega de información que se encuentra en poder de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (Cchen).
La sentencia considera que no hubo actuar arbitrario del CPLT al ordenar la entregar de información y que no está afectado el interés comercial de las empresas del grupo SQM S.A.
Vea el fallo a continuación:
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