El martes, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, quien está acusado de diversos delitos sexuales.
El jefe comunal fue imputado por el Ministerio Público como autor de cuatro delitos consumados de violación, tres abusos sexuales e inducción al aborto, ilícitos que habría cometidos entre 2006 y 2020.
Ahora, en fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada consideró que existen suficientes antecedentes para presumir la participación del imputado en los hechos investigados, por lo que la prisión preventiva es la “única cautelar que satisface los fines del procedimiento“.
“No solo se cuenta con las declaraciones de las víctimas, quienes en cada caso han narrado (…) los hechos, situando estos en lugares y fechas determinados, sino que se han aportado, además, otros elementos probatorios que corroboran tales declaraciones“, señala el fallo de la corte.
A juicio del tribunal, la cantidad de delitos atribuidos, la penalidad asignada a los mismos y la forma de comisión de los ilícitos, analizadas en su conjunto, “llevan a estimar que la prisión preventiva es, al menos por ahora, la única cautelar que aparece como suficiente para satisfacer los fines del procedimiento”.
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