Este jueves, la Corte de Apelaciones de Iquique acogió cinco recursos de amparo presentados por el Instituto de Derechos Humanos, la Clínica Jurídica de Atención a Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado y abogados particulares en representación de ciudadanos venezolanos que ingresaron al país por pasos no habilitados.
Ante esto, la Corte ordenó dejar sin efecto los decretos de expulsión del territorio nacional.
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió las acciones constitucionales, tras establecer que las resoluciones administrativas impugnadas, adoptadas por la Intendencia Regional de Tarapacá, carecen de fundamento legal.
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“El hecho que la autoridad competente hubiera formulado la correspondiente denuncia por el ingreso ilegal, para inmediatamente desistirse de ella, lleva a que se extinga la acción penal hecha valer, de suerte que para decretar posteriormente la expulsión del país de los amparados por medio del respectivos decretos que ha dictado, necesita de una carga argumentativa superior a la meramente formal“, estableció el fallo.
Para el tribunal, “la Intendencia Regional de Tarapacá debió, en respeto a las garantías constitucionales de los amparados, someterlo a una investigación y procedimiento previo legalmente tramitado, exigido para el juzgamiento de toda persona a quien se imputa la comisión de un delito, con el fin de garantizarle el ejercicio del derecho a la Defensa, de manera que al prescindir de ello, y disponer sin más su expulsión del territorio nacional, se configura en los hechos un acto de la administración de carácter inconstitucional”.
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) February 18, 2021
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