La medida se basa en la Ley 20.255 sobre normativas previsionales.
Desde este año, los contribuyentes que emitieron boletas de honorarios en 2014, deberán cotizar en los fondos de pensiones para evitar las denominadas “lagunas previsionales”.
Para explicar ésta y otras medidas de la Operación Renta 2015, conversamos con Juan Apablaza, presidente de la Asociación de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos(SII).
“Todas las personas que reciban ingresos como independientes, que den boleta de honorarios, de prestación de servicios, o participaciones en empresas y sociedades de profesionales tienen que cotizar”, enfatizando en que deben preocuparse de “sus remuneraciones, a la base imponible que irá a previsión (AFP), seguros de cesantía de accidente y enfermedades laborales”.
Por ello, y solo este año, todos quienes no quieran cotizar podrán renunciar a través de una declaración jurada en el sitio web del SII, antes de realizar la declaración de renta en abril.
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