FRONTERA CON BOLIVIA/IMAGEN REFERENCIAL

Este viernes la Contraloría General de la República tomó razón del decreto promulgatorio de la Ley 21.655, vinculada al procedimiento de reconducción de personas extranjeras que ingresan a Chile de manera irregular. 

La nueva normativa modifica la legislación vigente sobre la condición de refugiado de dichos extranjeros, y establece un proceso y etapa inicial para esa determinación. Además, regula la reconducción inmediata de quienes ingresen irregularmente al país.

Con la toma de razón del órgano contralor, el texto queda en condiciones de ser publicado en el Diario Oficial para su posterior entrada en vigencia como ley de la República.

La iniciativa fue despachada por el Congreso el 17 de enero, y es parte de la agenda en materia de seguridad que impulsa el Ejecutivo.

Calidad de “refugiado”

La Ley establece que solo tendrán derecho a que se les reconozca como refugiados aquellas personas que lleguen directamente desde un territorio donde su vida o libertad esté bajo amenaza. Dicha calificación será reconocida por una autoridad administrativa competente.

Entre las condiciones para considerar a alguien como refugiado está el inminente peligro en el país de origen; persecución política de la persona que ponga en riesgo su vida, libertad e integridad física; no tener una solicitud similar ante otro Estado ni haber sido reconocido como refugiado en otro pais.

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