“Camotera institucional”: Defensa de Vivanco acusa vulneración del debido proceso y cuestiona base “antojadiza” del cohecho

Por Michel Nahas Miranda

29.01.2026 / 10:40

El abogado Jorge Valladares apunta a una “exclusión de tipicidad”, critica el uso del cohecho como “plan B” y sostiene que la persecución se construye sobre reglas de implicancias y recusaciones. Si la audiencia avanza con rapidez, el tribunal podría revisar cautelares durante esta jornada en lugar del viernes, como se había planificado en un inicio.


La formalización de la exministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco retomó este jueves su tercera jornada con la exposición del abogado Jorge Valladares, quien desplegó una defensa frontal contra la tesis del Ministerio Público. En su presentación, sostuvo que su representada enfrenta una “camotera institucional” y afirmó que el caso no cumple estándares mínimos de debido proceso.

“Camotera institucional” y crítica al estándar del proceso

Valladares sostuvo ante el tribunal que la persecución se alimenta de una lectura pública del caso y de una reacción institucional que, a su juicio, termina por instalar un prejuzgamiento.

En ese marco, afirmó que “no se ha cumplido el estándar mínimo del debido proceso penal” y planteó que cualquier afectación al derecho a defensa compromete la validez de la persecución.

Uno de los núcleos del alegato apuntó al artículo 324 del Código Orgánico de Tribunales y, en particular, a la interpretación que la Fiscalía hace de sus alcances.


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Según Valladares, la imputación por cohecho se sostiene en un supuesto incumplimiento de deberes por no declarar inhabilidad, a partir de causales de implicancia —como “íntima amistad” o “interés en el resultado”—, pero ese reproche, en su tesis, se ubica dentro de “leyes que reglan el procedimiento”, lo que activa una exclusión para perseguir penalmente a integrantes del máximo tribunal en ese plano.

En esa misma línea, el defensor afirmó que la Fiscalía “escamotea” la norma para llevar el caso hacia el cohecho y sugirió que existe una imputación “por si acaso”, con delitos alternativos que se incorporan en la marcha, lo que, según su mirada, resta seriedad y coherencia a la acusación.

“No es una persona: son cinco votos”

Valladares también insistió en que el foco penal choca con una realidad institucional: las decisiones en la Corte Suprema se adoptan de forma colegiada.

Bajo esa lógica, señaló que sostener que una sola ministra causa el perjuicio que se atribuye al fallo supone, en los hechos, una hipótesis que arrastra al resto de la sala y a otros actores del sistema (relatorías, funcionarios y eventuales deberes de denuncia), algo que, en su tesis, no calza con el tipo penal elegido.

En ese punto, afirmó que si el reproche real fuese una “torcida administración de justicia”, la lógica implicaría un escenario distinto y más amplio, argumento que usó para reforzar su crítica al encuadre del cohecho.

El litigio base y el argumento del “pleito no concluido”

Otro tramo del alegato se concentró en el trasfondo del conflicto entre Codelco y el consorcio ligado a Belaz-Movitec. Valladares sostuvo que el litigio mantiene aristas abiertas en sede arbitral y citó normas que, a su juicio, impiden perseguir responsabilidad penal de un juez mientras no exista sentencia firme en el “pleito” donde se atribuye el agravio.

Ese punto busca tensionar el momento procesal del caso y el tipo de reproche que se instala desde la Fiscalía.

¿Qué puede pasar hoy?

Con la defensa en exposición, el desarrollo de la audiencia queda sujeto al tiempo que tomen los alegatos y las réplicas de los intervinientes. Si la discusión concluye dentro de la jornada, el tribunal podría entrar al análisis y debate de medidas cautelares este mismo jueves.

Nota: Este es un proceso judicial en curso. Rige la presunción de inocencia.