Avanza en la Cámara proyecto que busca evitar entrega de pensión de sobrevivencia a condenados por femicidio, homicidio o VIF

Por CNN Chile

08.09.2025 / 15:35

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La diputada Alejandra Placencia, presidenta de la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, apuntó a que se trata de un ajuste normativo cuyo objetivo es que los condenados por delitos de VIF, en un amplio espectro, no opten a la pensión de sobrevivencia a la que podrían tener derecho.


La Comisión de Mujeres y Equidad de Género despachó a la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto que busca evitar que personas condenadas por delitos como femicidio, homicidio y lesiones en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF), entre otros, puedan beneficiarse con pensiones de la víctima. 

El texto que aprobó la comisión indica que “no podrá ser beneficiario de pensión de sobrevivencia quien haya sido condenado, por sentencia ejecutoriada, como autor, cómplice o encubridor de delitos graves como femicidio, homicidio y lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, entre otros, si la víctima es la causante de la pensión”.

También contiene mejoras a los mecanismos de información, a partir de “disponer la obligación explícita de los Tribunales de Justicia de informar a la Superintendencia de Pensiones las condenas en esta área”, informaron desde la Cámara.

Y se otorga a la citada superintendencia la facultad de “regular el procedimiento de entrega y remisión de información. Del mismo modo, el texto establece que la inhabilitación para ser beneficiario de pensión de sobrevivencia debe constar expresamente en la sentencia condenatoria”.


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La diputada Alejandra Placencia, presidenta de la instancia, apuntó a que se trata de un ajuste normativo cuyo objetivo es que los condenados por delitos de VIF, en un amplio espectro, no opten a la pensión de sobrevivencia a la que podrían tener derecho.

“Se establecieron mecanismos para que el Ministerio Público y la Superintendencia tengan que informar a tiempo de estas condiciones; cuestión que hasta ahora no estaba habilitado. Creo que se avanza en un ajuste normativo importante y creo que, con esto, se va a mantener que se busca erradicar toda violencia contra las mujeres y protegerlas en un ámbito integral”, detalló.

En ese sentido, el texto señala que “los Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal deberán declarar, de oficio en la respectiva sentencia, la relación familiar entre condenado y víctima, y que la condena recae sobre los delitos señalados. Además, los fiscales del Ministerio Público deberán aportar los antecedentes necesarios para acreditar la existencia de dichos vínculos”.

Mientras que los respectivos tribunales deberán informar a la Superintendencia de Pensiones, dentro del tercer día que quede ejecutoriada la sentencia, los condenados que se encuentren en dicha situación, así como el delito por el cual son condenados.

A su vez, la superintendencia remitirá dicha información a las AFP y las Compañías de Seguros.