La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección presentado en contra de Liceo Particular Mixto San Felipe y dejó sin efecto la medida de expulsión de un alumno de sexto básico.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada estableció que la expulsión del menor, quien agredió a un compañero de curso que lo sometía a acoso escolar (bullying), resulta “completamente desproporcionada“.
En ese sentido, según información del Poder Judicial, el fallo estimó que “se echa en falta una adecuada investigación de la denuncia de bullying previo que habría afectado a (…), así como un mejor manejo de la situación ocurrida en el aula por parte del profesor que se encontraba a cargo del curso“.
Además se señala que “por parte del colegio, se advierte un nulo interés por investigar todo el contexto de la agresión y por generar instancias de aprendizaje para niños en pleno proceso de crecimiento, optando por la decisión más dura y radical, sin asumir el rol orientador y educativo que le es propio”.
“Es un alumno de buen rendimiento escolar y que no tiene ningún llamado de atención siquiera, previo a la agresión a su compañero (…), formando parte, además, del Programa de Integración Escolar“, advierte también la Corte de Valparaíso.
Del mismo modo, se estimó que “de acuerdo a lo razonado y siendo la expulsión una medida de última ratio que fue adoptada respecto a un alumno sin antecedentes de mal comportamiento y con especiales necesidades educativas, la medida aplicada será dejada sin efecto por resultar completamente desproporcionada, lo que la torna arbitraria y vulneradora de la integridad psíquica del alumno (…). Por otra parte, y teniendo presente que el niño en cuyo favor se recurre ya fue trasladado a otro establecimiento educacional, sin perjuicio de su derecho a volver al establecimiento recurrido, esta sentencia, una vez firme, debe ser incorporada en su hoja de vida escolar”.
Finalmente, la corte resolvió que “se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor del alumno (…) y se deja sin efecto la medida de expulsión, debiendo el colegio recurrido incorporar una copia de esta sentencia a la hoja de vida del alumno ya individualizado”.
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