La subcontratación es una estrategia empresarial de descentralización de la producción, disminución del riesgo y externalización de costos, que pone en relación con una empresa mandante, a una empresa contratista y a los trabajadores subcontratados, y transfiere desde la mandante a la contratista ciertas etapas del proceso de producción con el objetivo de que esta última, mediante los subcontratados, realice dichas tareas bajo su cuenta y riesgo.
Otra modalidad de la subcontratación es la que guarda relación con las llamadas “Empresas de Servicios Transitorios” (EST), que suministran trabajadores, es decir, ponen a disposición de otra compañía los servicios laborales, por un precio determinado entre la empresa “mandante” o “usuaria” y la EST.
Según la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en Chile las personas ocupadas en régimen de subcontrato (“triangulación laboral”) son alrededor del 10%, cifra que se mantiene relativamente estable desde el año 2022.
Aunque según la Encuesta Laboral ENCLA de la Dirección del Trabajo, en los últimos años, sobre el 60% de las empresas (en 2014 sobre el 80%) subcontratan trabajadores, siendo la minería el sector con mayor promedio de empresas subcontratadas en el país.
Si observamos los datos publicados por el Consejo Minero y Fundación Chile en el “Estudio de fuerza laboral de la Gran Minería chilena 2025 – 2034”, la presencia de contratistas en el sector minero ha crecido notablemente en los últimos años.
Si en 2016 estos llegaron a 61.837, en el 2024 se encumbraron por los 157.169, esto es, un incremento de 154%. En el último año sólo el 24,8% de los trabajadores en las faenas mineras fueron contratados de forma directa, mientras que el 32,5% lo hacen en empresas proveedoras de la Cadena de Valor Principal (CVP) y un 42,7% en empresas proveedoras fuera de la CVP, es decir, en la minería, el 75,2% de los trabajadores son subcontratados.
Si miramos las tendencias en el largo plazo de algunas de las empresas mineras más importantes del país, desde el 2013, en CODELCO los subcontratados aumentaron 27,9%, mientras que los trabajadores contratados de forma directa disminuyeron -18,2%; en BHP los contratistas incrementaron 79,9% y los de planta 7,2%; y en Antofagasta Minerals los trabajadores subcontratados crecieron 94,6% y los contratados de forma directa 61,4%. En los tres casos existen cerca de 4 trabajadores externos por cada trabajador contratado directamente por la mandante, y los contratistas tienen presencia en todas las áreas de la cadena productiva de las mineras.
Los estudios sobre las razones por las que las empresas de la minería subcontratan aluden al contexto (incertidumbre del mercado, tamaño de la faena) y a las necesidades técnica-económica (especialización, optimización de costos operativos), y se han detectado importantes consecuencias asociadas a la atomización sindical, las limitaciones de la negociación colectiva (acotada a cada una de las empresas contratistas), la generación de trabajadores de primera (de planta), segunda (triangulación) y tercera categoría (subcontratación poligonal), así como acciones de discriminación y conflictos entre los trabajadores de planta y los contratistas, y también entre los trabajadores y entre las organizaciones sindicales de las diversas empresas que componen la cadena de valor de las mandantes.
Todo indica que las negatividades derivadas de esta, ahora, forma típica de contratación en la minería han generado precarización del empleo en el sector, vulnerando ciertos derechos, horadando los principios del Trabajo Decente propuestos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Lo anterior vuelve urgente revisar la ley de subcontratación 20.123, promulgada hace ya 20 años, cuya eficacia está puesta en entredicho, toda vez que su propósito central era proteger los derechos laborales y previsionales de los trabajadores externos, estableciendo responsabilidades para las empresas contratistas y mandantes, así como evitar encubrir relaciones laborales permanentes por medio del uso de vínculos temporales que se renuevan continuamente, o la realización de operaciones propias del giro de las empresas mandantes por trabajadores externos.
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