El Decimosexto Juzgado Civil de Santiago acogió -de forma parcial- una demanda de indemnización de perjuicios contra Clínica Las Condes SA.
¿El motivo? Un procedimiento médico con un paciente tras el cual terminó con pérdida de visión en su ojo derecho.
Según lo estipulado por el fallo, el centro médico deberá pagar una indemnización de $40.000.000 por concepto de daño no patrimonial.
En la sentencia, se estableció que hubo “responsabilidad de la clínica” por el tratamiento posoperatorio brindado al demandante, dado que se sometió a un procedimiento quirúrgico de extirpación de un neurinoma acústico.
El hombre se había sometido a una operación para remover un tumor benigno que se desarrolla en el nervio principal que conecta al oído interno con el cerebro.
El tribunal estimó que “en base a los hechos conocidos y probados en la causa –como lo son la lesión en la córnea derivada de una falta de cuidado en el tratamiento brindado por la Clínica Las Condes y posteriores intervenciones y tratamientos a fin de aliviar dicha lesión– puede concluirse en base a las máximas de la experiencia que ello genera tanto un daño físico, en cuanto ver comprometida su integridad, como uno psicológico, observable en la afectación a la propia imagen personal del demandante”.
A raíz de lo anterior, se estimó “un avalúo por concepto de daño no patrimonial por la suma de $40.000.000“.
“En su componente fáctico, resulta claro que el hecho de no haber observado el debido cuidado en la recuperación del demandante, con posterioridad a su operación de extirpación de tumor provocó el daño físico y psicológico descrito previamente“, se detalló también en la sentencia.
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