Ministro de Defensa aborda posible indulto a uniformados del estallido social: “Me parece bien que el Presidente Kast ejerza esa facultad”
Por Polet Herrera
22.04.2026 / 22:16
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El ministro de Defensa, Fernando Ramos, se refirió al debate sobre una eventual conmutación de penas a uniformados condenados en el contexto del estallido social. “Si otros presidentes han indultado a delincuentes comunes, a drogadictos o a asesinos, que el presidente tenga la libertad de hacerlo está en su perfecto derecho”, afirmó.
El ministro de Defensa, Fernando Barros, abordó en CNN Prime el debate sobre el uso de la facultad de indulto presidencial para uniformados condenados en el contexto del Estallido social en Chile de 2019.
En entrevista con la periodista Mónica Rincón, enfatizó que en el caso de las Fuerzas Armadas estas son instituciones disciplinadas y subordinadas a la sociedad civil, por lo que las resoluciones del Poder Judicial deben cumplirse. En ese sentido, señaló que “no hay nada que opinar respecto a las decisiones de la justicia”.
No obstante, planteó que se trata de un ámbito distinto cuando se analiza la atribución presidencial. “El Mandatario José Antonio Kast ha planteado que él tiene una facultad que le entrega la ley y que no supone un juzgamiento o una revisión de lo que determinaron los jueces en un caso particular. Puede que hayan tenido toda la razón, pero hay una atribución política que le permite actuar por diversas razones humanitarias u otras consideraciones”, argumentó.
“El expresidente Patricio Aylwin conmutó la pena a personas condenadas por asesinatos; Gabriel Boric indultó a personas con antecedentes de drogas”, agregó.
Consultado sobre cuál sería la justificación para el uso del indulto en estos casos, afirmó que “aquí no estamos hablando de un secuestrador, un violador o un homicida. Estamos hablando de personas que fueron enviadas a trabajar en un contexto determinado, se enfrentaron a una situación de violencia y reaccionaron de una manera que la justicia consideró que no estaba lo suficientemente justificada”.
“El jefe de Estado puede considerar, conforme a las facultades que tiene, que en ese caso no está indultando a un delincuente o a un homicida, sino a una persona que no supo reaccionar bien, que estaba prestando un servicio al país como conscripto e integrante de las Fuerzas Armadas. Se le envió a una función de orden público y reaccionó de una determinada manera frente a una agresión, o a lo que interpretó como una agresión”, añadió.
Por lo mismo, reiteró que se trata de una facultad privativa del jefe de Estado y deslizó una reflexión: “Si otros presidentes han indultado a delincuentes comunes, a drogadictos o a asesinos, que el presidente tenga la libertad de hacerlo está en su perfecto derecho. A mí me parece bien que ejerza esa facultad”.