“Es un mal argumento”: Exministro Cordero critica justificación de Rabat para otorgar beneficios a 56 condenados por delitos sexuales a menores

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El exministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, abordó este jueves la polémica rebaja de penas concedida por el Gobierno a 56 condenados por delitos sexuales contra menores de edad.

En Hoy es Noticia, Cordero respondió a la defensa del actual titular de Justicia, Fernando Rabat, quien enfatizó que en la administración de Gabriel Boric se benefició a 275 personas condenadas por delitos sexuales a menores.

“El número al cual ha hecho referencia el ministro Rabat, para ser leal con los hechos, son decretos dictados que otorgaron beneficios luego de una sentencia judicial que lo obligó“, remarcó.

El exsecretario de Estado explicó que, tras la entrada en vigencia de la ley que delimita el acceso al beneficio a personas condenadas por delitos sexuales a menores, el Gobierno de Boric “trató de ser fiel al propósito de la ley y en consecuencia negó (las peticiones de rebaja)”.

Precisó entonces que algunos reclusos que solicitaron el beneficio presentaron un recurso de amparo ante el Poder Judicial, el cual en algunos casos falló a favor de ellos, por lo que el Gobierno debió cumplir con la orden judicial.

Por eso enfatizó que “la diferencia con los casos que han afectado a esta administración es que esta es una decisión que tomó administrativamente directamente la administración sin esperar el litigio judicial“.

Asimismo, sostuvo que la explicación de Rabat sobre que se “apegó a la jurisprudencia” y que por ello se firmaron los decretos para conceder los beneficios “es un mal argumento”.

“Es un mal argumento por dos motivos: el primero, porque la jurisprudencia en el derecho chileno es simplemente referencial. Te puede servir para argumentar un caso, pero el primer mandato es ser leal a la ley y la segunda es un mal argumento, principalmente porque lo debatible en este caso es cómo respetar el propósito original perseguido por la ley. Los gobiernos también definen sus estrategias legales en las interpretaciones que adoptan”, señaló.

Si bien comentó que logra “entender las explicaciones del ministro Rabat”, recalcó que “lo cierto es que el argumento de la jurisprudencia es un mal argumento porque la estrategia de persistir en la interpretación original de la ley ha permitido que la Corte Suprema en varios casos revise su interpretación y, por lo tanto, esté acogiendo la tesis de que en estos casos estamos en presencia de un beneficio y no de un derecho”.

Cordero sostuvo que el Gobierno tenía la opción de mantener la doctrina del rechazo a las solicitudes del beneficio y así “esperar a que los tribunales resolvieran, defendiendo el propósito de la interpretación original de la ley”. “Era una alternativa que, en mi opinión, era la que debía persistir“, enfatizó.

“No corresponde”: por rebajas de pena a internos de Punta Peuco

El exministro también se refirió a las rebajas de penas que el Ministerio de Justicia otorgó a dos internos del Centro de Detención Preventiva de Tiltil, más conocido como Punta Peuco, donde cumplen condenas exfuncionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden sentenciados por violaciones a los derechos humanos. De acuerdo con Radio Bío Bío, los beneficiarios están condenados por secuestro calificado y tortura.

Al respecto, Cordero sostuvo que la interpretación de la administración del líder del Frente Amplio sobre la rebaja de condenas “es que, en el caso de delitos calificados, que respecto de su ejecución el derecho internacional califica como delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son casos en que no correspondían este tipo de beneficios“.

“Cuando se analizan cada uno de los decretos de negativa, de hecho hay considerandos específicos en torno a eso y a la jurisprudencia histórica de la Corte Suprema en delitos de lesa humanidad. En la mayoría de los casos se recurrió a amparo de esas negativas y fueron rechazadas, salvo un caso, creo que el año 2025. Los demás, la Corte acogió la doctrina del Ministerio de Justicia”, reveló.

Aunque señaló que en esto “hay una interpretación que evidentemente es distinta. Entre el año 2019 y 2021 también se otorgaron beneficios de rebaja de condenas a personas condenadas por aquellos delitos que el derecho internacional califica como delitos de lesa humanidad, pero la doctrina de la Administración del presidente Boric es que, dada la característica de esos delitos y la aplicación del derecho internacional, no correspondía a los mismos”.

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