Sepúlveda y rol de Fiscalía en Caso Gatica: “Su obligación es actuar bajo un criterio de justicia y no de ‘victoria’ procesal”

Por Eduardo Sepúlveda

13.01.2026 / 23:56

El panelista de Tolerancia Cero se refirió al resultado absolutorio para Claudio Crespo, recordando que este sigue la misma línea del Caso Pío Nono, donde Sebastián Zamora también fue absuelto.


Después de cinco años de juicio fue absuelto hoy por el cuarto tribunal oral en lo penal el exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo, acusado de apremios ilegítimos contra Gustavo Gatica, entonces manifestante y hoy diputado electo.

En su fallo, los tres jueces criticaron la actuación de la fiscalía. Dieron a entender que el Ministerio Público actuó con sesgo, ya que presentó en detalle los argumentos incriminatorios contra Crespo pero no los aspectos que existían en su defensa. Incluso el tribunal señaló que hubo exageración de la fiscalía, encabezada por Ximena Chong, en algunos de los alegatos finales.

Este es el segundo fallo similar que sufre la fiscalía Centro Norte. En el llamado caso Pío Nono, se acusó al cabo Sebastián Zamora de homicidio frustrado contra un manifestante que cayó al río Mapocho. Sin embargo, el tribunal acusó a la fiscalía de ignorar pruebas exculpatorias y reveló que los fiscales mantuvieron la acusación de “homicidio frustrado” a pesar de que, desde el primer día, la PDI entregó informes que sugerían un choque accidental y no un impulso deliberado al río.

Según la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público y el Código Procesal Penal, los fiscales no deben buscar condenar a toda costa. Su obligación es actuar bajo un criterio de justicia y no de “victoria” procesal. Y menos permitir que se sospeche que existe un sesgo ideológico.

Es importante que la justicia calibre bien estos casos, porque son situaciones que pueden volver a ocurrir. Hoy mismo hirieron con proyectiles y atacaron con bombas molotov a carabineros que intentaban cumplir con una orden de desalojo en San Antonio. Es razonable que en hechos así carabineros usen la fuerza en su legítima defensa. Y por eso el fallo de hoy reafirma una visión que ya se había expresado en el caso Pio Nono.