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Llega septiembre y con ello el aguinaldo de Fiestas Patrias, que a partir de este miércoles podrá ser recibido por los actuales pensionados en el sistema.

Según las cifras entregadas por el ministro del Trabajo, Patricio Melero, serán 2.297.469 hombres y mujeres quienes podrán recibir el aporte.

¿Cuál es el monto del aguinaldo este año?

La cantidad equivale a $20.624 por pensionado. Además, el monto del aguinaldo se incrementará en $10.581 por cada carga familiar que tenga acreditada el pensionado al 31 de agosto de 2021.

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Quiénes recibirán el beneficio:

  • Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
  • Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
  • Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
  • Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

¿Cómo postular y cómo cobrar?

Con la intención de simplificar el proceso, las autoridades informaron que el monto que le corresponda a cada beneficiario será entregado de manera automática y no requerirá de ningún tipo de postulación. El dinero se suma a la pensión correspondiente al mes de septiembre. 

Los pagos se distribuirán de manera tal que las personas puedan cobrar sus beneficios antes del 18. Cada individuo ya sabe su fecha de pago con anticipación, porque viene indicada en su colilla de pago anterior.

Si existen dudas respecto de la liquidación de pago y/o el pensionado no conoce el día de este, puede ingresar a www.chileatiende.cl y consultar su fecha. En el buscador debe ingresar “Fecha y forma de pago” para acceder a la consulta.

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Aguinaldo en el sector público y privado

Sector público

En el sector público, quienes recibirán este beneficio son los trabajadores que al 31 de agosto del año 2020 desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades estatales.

Los montos son los siguientes:

  • El monto del aguinaldo será de $74.516 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2020, sea igual o inferior a $773.271.
  • El monto de aguinaldo será de $51.727 para aquellos cuya remuneración líquida supere los $773.271.

De acuerdo a lo establecido en la ley, la remuneración líquida se entenderá como el total de los montos de carácter permanente correspondientes a dicho mes.

Dentro de lo anterior, se excluyen las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional, y se considera la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.

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Sector privado

Pese a que no es obligatorio, la mayoría de las empresas del sector privado entrega algún tipo de bonificación a sus empleados.

En ese sentido, la Dirección del Trabajo (DT) indicó que el pago de aguinaldo pasa a convertirse en “derecho adquirido” una vez que este pago se realiza de manera periódica por parte del empleador.

Debido a lo anterior, el beneficio podría considerarse como una obligación a reclamar por parte de los trabajadores.

En tanto, si el pago del aguinaldo se encuentra pactado en un contrato de trabajo o acuerdo colectivo de la empresa, también corresponde a una obligación para la compañía.

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