Este viernes, el Ministerio de Salud informó que el Tribunal Constitucional se pronunció a favor de la obligatoriedad de la vacunación de niños y niñas establecida en el Plan Nacional de Inmunizaciones (PNI).
En un comunicado, el tribunal destacó que la “libertad de conciencia de las personas no puede ser invocada para oponerse a una regulación legal que consideren contraria a sus creencias”, especialmente cuando estas decisiones afectan a terceros.
El caso que impulsó la discusión
El fallo se deriva de un caso del 26 de mayo de 2022, cuando el Juzgado de Familia de Puerto Montt ordenó a los padres de dos menores de 3 y 5 años que aplicaran a sus hijos las vacunas obligatorias, luego de una solicitud del Hospital Base de Puerto Montt.
Los padres se opusieron, argumentando que, por adherirse a un sistema de medicina antroposófica, preferían no vacunar a los niños.
Frente a esta orden, los padres apelaron, argumentando su derecho preferente a decidir sobre la salud de sus hijos.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional reafirmó que la vacunación es una responsabilidad que responde al interés superior del niño, priorizando su bienestar y salud por encima de las creencias parentales.
El tribunal argumentó que los derechos de los menores y de la comunidad no deben subordinarse a la libertad de conciencia de los padres, ya que esto comprometería el Estado de Derecho y el bienestar colectivo.
Además, subrayó que la vacunación protege tanto la salud individual del menor como la de toda la comunidad infantil, y afirmó que el interés superior del niño obliga al Estado a priorizar la salud infantil frente a las decisiones individuales de los padres.
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