La Corte Suprema confirmó este lunes la aprobación del desafuero a la diputada María Luisa Cordero (Ind-RN) en el marco de la querella por injurias con publicidad interpuesta por la senadora Fabiola Campillai.
En concreto, el desafuero es un antejuicio que remueve la protección del fuero parlamentario, el que rige en virtud del artículo 61 de la Constitución, y que establece que ningún diputado o senador desde el día de su juramento puede ser acusado o privado de libertad, según el Diario Constitucional.
Por tanto, la decisión del tribunal suspende de su cargo a Cordero y la deja a disposición para que las cortes puedan aplicar medidas cautelares en su contra e incluso condenarla por causas judiciales como a cualquier otro ciudadano.
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El desafuero también le quita a la diputada la facultad de votar en cualquier proyecto o pedir la palabra en el parlamento, según la Biblioteca del Congreso.
María Luisa Cordero tampoco podrá ingresar a las instalaciones del Congreso Nacional sin previa autorización de la mesa de Cámara de Diputadas y Diputados, y en caso de obtenerla solo podrá ingresar a su oficina.
Pese a todas estas medidas restrictivas, la diputada seguirá recibiendo su dieta parlamentaria de manera íntegra, sin cambios ni modificaciones.
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