Esta jornada el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, en la Región de O’Higgins, dictó la primera condena por el delito de femicidio no íntimo del país.
Este delito contempla todo asesinato que se realiza por razones de género, sin importar si el victimario y la víctima mantenían alguna clase de relación.
Este fallo es histórico, ya que, hasta ahora, solo se consideraban como femicidio los casos de mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas, consignó Radio Biobío.
El fallo condenó a 18 años de presidio por femicidio no íntimo y 10 años por el delito de incendio a Lorenzo Osorio Ayala, quien en julio de 2020 apuñaló a una mujer que se desempeñaba como trabajadora sexual de la comuna de Doñihue.
Tras esto, Osorio Ayala amenazó a la pareja e hijastro de la víctima e incendió la casa en donde residían.
La Fiscalía indicó que el suceso se produjo “a raíz de las circunstancias de su oficio”.
El imputado también fue condenado a 122 días por los delitos de amenazas y lesiones menos graves.
🔴Primera condena en Chile por femicidio no íntimo: Fiscal de #Rancagua Jorge Mena se refiere a este importante veredicto conseguido por la Fiscalía. Imputado además fue condenado por del delito de incendio en esta misma causa.Lectura de sentencia se conocerá el próximo lunes. pic.twitter.com/bixzTjIq2i
— Fiscalía O'Higgins (@fiscaliaohiggin) May 17, 2023
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