La Corte de Santiago acogió un recurso de protección interpuesto contra la empresa y le ordenó tomar las medidas correspondientes.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección impetrado y le ordenó a empresa de electricidad Enel Distribución Chile SA dar cumplimiento a la resolución dictada de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que le ordenó cesar con los cobros de consumo sin respaldo que factura a la recurrente.
Según lo informado por el Poder Judicial, la Octava Sala del tribunal de alzada -de forma unánime- consideró arbitrario la decisión que no cumplió las instrucciones de la autoridad fiscalizadora.
En el fallo, se indicó que la SEC “resolvió favorablemente el reclamo de la recurrente, instruyendo a la empresa ENEL Distribución Chile S.A. a abstenerse de los cobros que estaba realizando a la actora, que corresponden a aquellos cuestionados en autos, fundándose en lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, y en la inexistencia, dentro de los antecedentes acompañados, de registros de las lecturas y valores de consumos facturados en las boletas cuestionadas, instruyendo reversar el monto por concepto de energía”.
“Luego, ante nuevas denuncias de la recurrente, constata que Enel no ha cumplido la orden impartida, e instruye a dar estricto cumplimiento, conforme se desprende del Oficio N°202244, de fecha 29 de noviembre del año 2023 y Oficio N°215373, de fecha 7 de marzo 2024, ambos de la SEC”, se añade.
Del mismo modo, apuntan a que “ENEL Distribución Chile S.A., se encuentra remisa a cumplir la orden emanada de la autoridad fiscalizadora en orden a abstener de cobrar la energía eléctrica cuestionada en autos –vinculados a copa de aguas– ordenando reversar su cobro, realizado desde el año 2022 –época temporal establecida en el reclamo administrativo–, toda vez que, más allá de su sola declaración, lo cierto es que no ha acompañado antecedentes documentales que den cuenta que procedió en tal sentido”.
Recalcan que Enel “no ha acreditado haber dado cumplimiento a lo ordenado, pues no acompañó antecedentes que demuestren que actualmente no cobra el servicio y que, efectivamente, reversó el cobro realizado, de acuerdo con lo resuelto por la SEC”.
“El incumplimiento por parte de ENEL Distribución Chile S.A. de las instrucciones emitidas por la autoridad sectorial vulnera el principio de juridicidad que rige a los órganos y empresas sometidos a regulación administrativa, actuación ilegal y arbitraria que vulnera el derecho de propiedad del recurrente, consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República”, sostiene.
Finalmente, el tribunal indicó que “se acoge, con costas, el recurso de protección, solo en cuanto este es incoado en contra de la empresa ENEL Distribución Chile S.A., ordenándose a esta última a dar cumplimiento inmediato e íntegro a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles contenidas en los Oficios N°178830 de fecha 23 de junio de 2023, N°202244 de fecha 29 de noviembre del año 2023 y N°215373, de fecha 7 de marzo 2024, absteniéndose del cobro de energía vinculado a la copa de agua, reversando el realizado desde el año 2022”.