El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal (TOP) de San Felipe condenó a un hombre a 20 años de cárcel por violar reiteradamente a la hija de su pareja menor de edad.
Según la Fiscalía, el acusado cometió los delitos desde que la víctima tenía 8 años.
Los hechos
El fiscal Alejandro Bustos indicó durante el juicio que el sujeto de 66 años, entre los años 2016 y 2021, “mantuvo relaciones sexuales de manera reiterada con la niña, de actuales 13 años de edad, hija de su cónyuge, hechos que habrían tenido lugar en 20 ocasiones diferentes aproximadamente, las que comenzaron en el domicilio que mantenía la niña junto a su madre y el imputado en la comuna en la Región Metropolitana, y luego en el domicilio que el imputado y la madre de la niña mantienen en San Felipe, donde la niña residió hasta el año 2018 aproximadamente y que actualmente visita de forma periódica en virtud de régimen regulado por tribunal de Familia, aprovechando el imputado los momentos en que quedaba a solas con la menor”.
El Ministerio Público presentó prueba testimonial, que incluyó la declaración de la víctima y su familia, como también funcionarios policiales, además de prueba pericial con antecedentes científicos que buscaban dar cuenta de la participación del acusado en los hechos.
El acusado renunció a su derecho a guardar silencio, declarando que solo había cometido la violación de la menor cuando ya tenía 13 años. Sin embargo, el tribunal indicó lo contrario.
“Este tribunal estimó que la prueba de cargo resultó ser un conjunto de piezas convictivas suficientes y consistentes, de modo tal que permitieron derrumbar la presunción de inocencia que amparó al encausado y acreditar la ocurrencia de los hechos en los términos señalados en el basamento undécimo, así como su participación culpable en los mismos”, dice la sentencia.
Además, el TOP “otorgó a la prueba de cargo incorporada en audiencia la calidad de concordante entre sí, estimándola en definitiva como un conjunto de antecedentes sólidos, armónicos y complementarios, que otorgan a esta totalidad el grado de credibilidad suficiente para sobrepasar el estándar de convicción exigido por la normativa procesal penal vigente, desestimándose de este modo las alegaciones enarboladas por la defensa, acreditándose, más allá de toda duda razonable, los hechos tal y como se consignan en considerando undécimo del presente fallo”, añade.
De este modo, el sujeto fue condenado a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo por su participación en calidad de autor ejecutor del delito reiterado de violación de menor de 14 años.
También, fue condenado a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, la que deberá cumplir de manera efectiva.
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