Según especialistas, la ley ya considera un elemento que facilita la disolución del vínculo por infidelidad.
Según especialistas, la ley ya considera un elemento que facilita la disolución del vínculo por infidelidad.
Por una solicitud de la magistrada del Primer Juzgado de Familia de Santiago, Carolina Bustamante, el Tribunal Constitucional deberá resolver si la denominada “conducta homosexual” puede ser considerada como causar de divorcio. Esto en el marco de un proceso judicial, en el que un hombre acusa a su mujer de mantener relaciones lésbicas.
En tanto, la ley de matrimonio civil establece en su artículo 54 las causales de divorcio, que son: el atentado contra la vida o malos tratamientos contra la integridad física, la mala convivencia y la infidelidad. Los crímenes o delitos, alcoholismo o drogadicción, tentativa a prostituir a los hijos o cónyuge y la conducta homosexual.
La Corte sostuvo que, en esta etapa, basta la “justificación” de los delitos y que la defensa no logró desvirtuar el peligro para la seguridad de la sociedad. También descartó que el artículo 324 del COT opere como excusa para el cohecho y apuntó al “carácter organizado” del presunto plan, además de las altas penas asociadas.