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A partir del comunicado del exministro Chadwick, en el que informó que presentaría acciones judiciales contra los parlamentarios firmantes de la acusación constitucional contra los Supremos, la oposición ha señalado que los legisladores podrían enfrentar un desafuero si el exministro presenta la querella. ¿Qué tan cierta es esta afirmación? Revisa aquí los detalles.
El denominado Caso Audios ha avanzado en una escalada que aún no muestra señales de terminar. Más allá del nombre de Luis Hermosilla, ha aparecido el exministro del Interior Andrés Chadwick, quien anunció acciones legales contra los diputados firmantes de la acusación constitucional, en la que se le menciona en varias ocasiones.
Quienes presentaron la acusación en la cual se le menciona a Chadwick y sobre quienes se querellaría pertenecen al Partido Comunista (PC), Frente Amplio (FA), Partido Socialista (PS) y Democracia Cristiana (DC).
En ese contexto, el extitular de Interior consignó en un escrito: “He decidido presentar las acciones judiciales que corresponden en contra de los parlamentarios firmantes de esta acusación, fundadas en sus referencias infamantes e injuriosas”.
Andrés Chadwick anuncia que presentará acciones judiciales en contra de diputados firmantes de acusaciones constitucionales donde se le menciona por “referencias infamantes e injuriosas” y por ser “víctima de abuso político” @CNNChile pic.twitter.com/LwCUELAAGY
— Francisca Cárdenas Bravo (@Francardenasb) September 24, 2024
Sin embargo, desde el oficialismo han señalado que existe una cierta “inmunidad”. Por otro lado, se indica que cerca de 11 legisladores podrían someterse a un proceso de desafuero si Chadwick presenta la querella.
Es importante precisar que, en cuanto a las etapas, primero está la inviolabilidad y luego la inmunidad; lo segundo se relaciona con el fuero parlamentario. La inviolabilidad protege a los parlamentarios por las declaraciones que realicen en sala y comisiones, y en este caso, según argumentó el oficialismo, la acusación constitucional se dio en sala, por lo tanto, estarían “protegidos”.
Según el artículo 61 de la Constitución: “Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión”.
En tanto, la inmunidad parlamentaria es un privilegio otorgado a los legisladores, en nuestro caso a diputados y senadores, con el fin de garantizar que puedan ejercer su trabajo legislativo de manera libre e independiente, sin temer represalias legales por las opiniones que expresan o las decisiones que tomen en el cumplimiento de sus funciones.
Este principio está regulado tanto en la Constitución como en el reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Estos son algunos ejemplos:
Para iniciar un proceso judicial contra un parlamentario por delitos comunes, es necesario un procedimiento especial conocido como desafuero.
El libelo acusatorio fue ingresado por los diputados Daniel Melo, Lorena Pizarro, Mónica Arce, Jaime Araya, Luis Malla, Lorena Fries, Jaime Sáez, Ana María Gazmuri , Nathalie Castillo y Nelson Venegas.
Las menciones a Chadwick, al menos en esta acusación constitucional, tienen relación con Ángela Vivanco (ministra suspendida de la Corte Suprema), y estos son los extractos:
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