La corte declaró la eliminación de cláusulas contractuales y devolución por cobros en comisiones.
El profesor de Derechos del Consumidor de la Universidad de Chile y abogado, Jaime Lorenzini, habló con CNN Chile sobre la condena a la empresa Cencosud por un alza unilateral en sus comisiones y la existencia de claúsuras abusivas a sus clientes.
La empresa de retail señaló que no tienen una estimación para la restitución de los montos. Ante esta respuesta, el abogado declaró que esta situación no es posible por las tecnologías que existen y que en un breve plazo se debería tener el monto a devolver.
Asimismo, Lorenzini declaró que La Ley de Protección al Consumidor marcó un antes y un después, porque las empresas no pueden realizar un cambio sin el consentimiento del cliente. En el caso de las tarjetas de crédito, el entrevistado afirmó que el hecho de utilizarla o tenerla en su posesión no da la autorización para que se generen cobros en las comisiones que no corresponden al contrato original.
Por otra parte, el especialista aseguró que la restitución de los dineros se deben contar desde el 2006 a la fecha agregando un interés al monto.
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