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El plebiscito del 26 de abril será el primer gran hito electoral del 2020. La instancia de entrada será con voto voluntario, a través de dos papeletas. Una para Aprobar o Rechazar la redacción de una nueva Constitución y la otra para elegir el mecanismo que la redactaría: una convención constitucional o una convención mixta constitucional.

Si gana la opción Rechazo, el proceso termina ahí. Sin embargo, si gana la opción Apruebo, se abre otro camino y toma importancia la segunda papeleta para saber cuál órgano redactaría la nueva Carta Magna.

Tras el histórico acuerdo alcanzado el pasado 15 de noviembre, los parlamentarios de las diferentes bancadas determinaron que la opción asamblea constituyente (AC) estará catalogada bajo otro concepto. Así, la posibilidad de la AC existe, pero bajo el nombre de convención constitucional.

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De ser elegida, estaría integrada por 155 miembros específicamente electos para estos efectos, y terminado su mandato, se disuelve.

Será el presidente quien deberá convocar a la elección de los miembros de la convención ganadora y se escogerán el 25 de octubre, mismo día en el que se realizará la elección de alcaldes, concejales y gobernadores regionales.

Podrán ser convencionales constituyentes todos los ciudadanos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a una pena aflictiva.

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Sin embargo, quienes se encuentren ejerciendo un cargo público o dirijan gremios o sindicatos cesarán sus actividades de manera automática al inscribir sus candidaturas.

Asimismo, no podrán ser candidatos a elecciones populares mientras sean parte de la convención y hasta un año después que terminen sus cargos.

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