Clínica Indisa es condenada a pagar $40 milllones: Se acreditó “actuar negligente” de su personal de enfermería
Por Héctor Basoalto
22.07.2025 / 08:20
La institución deberá pagar una millonaria indemnización luego que la Corte Suprema rechazara un recurso presentado para revertir el fallo.
La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de la sentencia que condenó al Instituto de Diagnóstico SA -conocido públicamente como Clínica Indisa- a pagar una indemnización de $40.000.000 por concepto de daño moral.
¿El motivo? Se acreditó que hubo un “actuar negligente del personal de enfermería” en la etapa posoperatoria de un paciente.
Según lo informado por el Poder Judicial, en fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal descartó que hubiera una infracción en la sentencia que fue impugnada por la institución médica.
La Suprema estimó que “no resulta exacta la transgresión imputada al veredicto en estudio” y que “no ha podido configurarse la motivación de invalidación formal esgrimida en el recurso, por lo que, al no existir ninguna incongruencia entre lo pedido y lo otorgado por el tribunal de segunda instancia, habrá de ser desestimada esta parte del recurso”.
Del mismo modo, indicó que el “compareciente fundamenta su recurso de nulidad sustancial en inobservancias de carácter procedimental, que no se avienen con la naturaleza del arbitrio deducido ni con el petitorio formulado”.
“En efecto, los eventuales vicios procesales que acusa el libelo impugnatorio, guardan relación con el control de la actividad probatoria de las partes, y pudieron ser alegados a través de un arbitrio de casación en la forma, pero no son aptos para originar un error en lo decisorio susceptible de ser denunciado a través de un recurso de casación en el fondo”, acotaron.
Finalmente, la Corte Suprema determinó que “no es posible alterar la situación fáctica que viene determinada en el fallo cuestionado y establecer una distinta, que se corresponda con aquella que se requiere asentar para el éxito de la pretensión de ineficacia, más aún cuando sus argumentos se dirigen a cuestiones sobre circunstancias que el sentenciador de segundo grado tuvo por acreditado con la prueba allegada al juicio, especialmente con la testimonial y documental incorporadas”.
“Que, por consiguiente, los errores de derecho en que se ha fundado el presente recurso de casación en el fondo no se han cometido del modo postulado por el recurrente, razón por la que su arbitrio de nulidad, por fuerza, habrá de ser desestimado”, sentenció el fallo.