En medio de los cuestionamientos tras conocerse los correos electrónicos entre los cardenales Ricardo Ezzati y Francisco Javier Errázuriz, el Arzobispado de Santiago salió a refutar dichas publicaciones.
Según la congregación: “El discernimiento de quiénes podrían ocupar determinados servicios eclesiales, es parte de la responsabilidad de las autoridades de la Iglesia. Sobre el primer tema, es una atribución canónica el nombramiento del capellán por parte del Arzobispo de Santiago”.
Y en el segundo caso, la decisión compete exclusivamente a la Santa Sede. Asimismo, el Arzobispado de Santiago considera grave la publicación de correos privados en un medio de comunicación”.
La Corte sostuvo que, en esta etapa, basta la “justificación” de los delitos y que la defensa no logró desvirtuar el peligro para la seguridad de la sociedad. También descartó que el artículo 324 del COT opere como excusa para el cohecho y apuntó al “carácter organizado” del presunto plan, además de las altas penas asociadas.