Corte Suprema confirma multa a sucursal de Johnny Rockets por descontar parte de las propinas a sus garzones

Por CNN Chile

09.09.2025 / 17:12

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El fallo respaldó la fiscalización de la Dirección del Trabajo, que detectó un reglamento que permitía penalizar económicamente a los trabajadores por faltas laborales, práctica que vulnera el Código del Trabajo.


Este martes la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa contra la empresa que opera los restaurantes Johnny Rockets en Chile, tras establecerse que la compañía aplicaba descuentos irregulares a las propinas destinadas a sus garzones.

La sanción, impuesta originalmente por la Inspección del Trabajo de Maipú, fue respaldada por tribunales en todas las instancias revisadas hasta ahora.

Los hechos

El caso se remonta a una fiscalización realizada en 2023, en la que la Dirección del Trabajo detectó que Inversiones Fesa S.A., la sociedad detrás de la cadena, operaba bajo una normativa interna que permitía al empleador sancionar a los trabajadores con descuentos en sus propinas por diversos motivos, desde atrasos hasta presentación personal.

Según el fallo judicial, estas prácticas contravienen directamente el artículo 64 del Código del Trabajo, que establece que las propinas son propiedad exclusiva de los trabajadores y que el empleador no puede disponer de ellas, ni aplicar descuentos o redistribuirlas bajo ningún motivo.

Un sistema de penalizaciones con “puntos de propina”

Entre los antecedentes analizados, se incluyó un documento interno de la empresa titulado “Norma de Propinas”, en el que se detallaban sanciones económicas según el comportamiento laboral.

Por ejemplo, si un garzón no completaba una tarea, se le podía descontar medio punto de propina; si no asistía a un turno sin justificación, perdía dos días de propinas. Estas evaluaciones quedaban a discreción del manager del turno.

El tribunal consideró que este sistema representaba un control indebido sobre fondos que, legalmente, corresponden a los trabajadores.

Además, destacó que fue el propio empleador quien entregó esta normativa como parte de la documentación en la fiscalización.

Defensa rechazada por los tribunales

En respuesta a la multa de 60 UTM —equivalente a aproximadamente $3,8 millones al momento de ser cursada— la empresa presentó un reclamo judicial, primero ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, donde fue rechazado, y luego recurrió a la Corte de Apelaciones a través de un recurso de nulidad, el cual también fue desestimado.

La empresa alegó falta de claridad en la notificación de la multa, argumentó que su sistema de reparto contaba con acuerdos internos válidos y solicitó una rebaja, asegurando haber actuado “de buena fe”.

Sin embargo, los jueces sostuvieron que el contenido del reglamento era incompatible con la legislación vigente y que no se vulneraron garantías procesales en el proceso sancionatorio.

¿Qué dice la ley sobre las propinas?

El artículo 64 del Código del Trabajo es claro: las propinas son íntegramente propiedad de los trabajadores que las reciben y no pueden ser sujetas a ningún tipo de descuento, distribución o control por parte del empleador.

Esta norma busca proteger un ingreso que, si bien no es obligatorio para el cliente, representa una parte significativa del salario en el sector gastronómico.