Nábila Riffo. En 2016 fue brutalmente agredida por su ex pareja que en ese ataque no se llevó su vida, pero sí sus ojos. Literalmente.
Fue condenado primero a 26 años. Luego la Corte Suprema rebajó la pena a 18 años descartando el femicidio frustrado: opinaron que no se acreditaba ánimo de matar, aunque Mauricio Ortega dejó tirada en la calle, salvajemente golpeada y sin globos oculares a Nabila.
A pesar de un informe negativo de Gendarmería, la Comisión de Libertad Condicional de Coyhaique le concede el beneficio (este tipo de delito lo permite con al menos mitad de pena cumplida). Libre Ortega habiendo cumplido menos de 10 años, por su buena conducta en la cárcel.
Víctima Nabila de nuevo. De su ex pareja una vez y luego del sistema judicial. Porque aunque su agresor nunca se le acerque, la sola posibilidad de que esté caminando en las mismas calles que ella debe llenarla de terror.
¿Debe investigarse el actuar del Senameg? Claro, pero eso no debe hacer olvidar lo esencial: lo desconectado que está del sentido común el beneficio dado a Ortega.
Dato del Poder Judicial. Mientras en una sesión la comisión de libertad condicional de Coyahique concede el 68% de las peticiones, la de Punta Arenas apenas da el 1%. Una disparidad de criterio brutal.
Ciega Nabila, la Justicia en la figura que la encarna también lo es, pero por la venda que cubre sus ojos para garantizar imparcialidad. Que vergüenza debe sentir esa Justicia al levantar su venda y enterarse de la decisión que tomaron quienes la dicen representar.
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