Corte de luz en Chile: Sernac explica cómo funciona el mecanismo de compensación para consumidores

Por CNN Chile

27.02.2025 / 12:34

El subdirector del organismo, Edison Orellana, recalcó en CNN Chile Radio la importancia que tiene presentar reclamos en torno a la interrupción del servicio de electricidad.


Este martes, un apagón afectó a gran parte del país, dejando sin servicio de electricidad a cerca de 19 millones de personas por más de 8 horas.

Tras ello, las autoridades llamaron a los consumidores y consumidoras a utilizar los respectivos canales de denuncia para así dejar sus reclamos y, posteriormente, recibir compensaciones en caso de que corresponda.

En entrevista con CNN Chile RadioEdison Orellana, subdirector del Sernac, explicó los mecanismos de compensación que existen y qué aspectos cubren.

Hace algunos días, el ministro de Energía, Diego Pardow, indicó que existen tres niveles de compensación. Dos de ellos son “las compensaciones de la legislación sectorial eléctrica”, mientras que el tercero “corresponde a eventuales indemnizaciones a través de la Ley de los Derechos de los Consumidores”, indicó Orellana.

Y, en términos generales, las compensaciones eléctricas operan “de manera automática a través de descuentos en las boletas del servicio de distribución que recibe cada persona en su domicilio”.

El subdirector señaló que, a pesar de que la empresa de distribución no sea responsable de la interrupción del servicio, de igual manera aparece el descuento en la boleta.

“La ley eléctrica establece un mecanismo a través del cual, si la falla se produce a nivel de generación o de transmisión, de todas formas es la empresa de distribución quien realiza el pago, sin prejuicio de que obviamente después podrá cobrarle a la empresa que es responsable de la falla”, explicó Orellana.

Fallas en electrodomésticos

En el caso de que los problemas por la falta de servicio de electricidad derive en mal funcionamiento de electrodomésticos, el subdirector del Sernac recalcó que la compensación establecida por la Ley Eléctrica está asociada a la “indisponibilidad del servicio, mas no respecto de los perjuicios que se ocasionan con la interrupción del servicio”.

De todos modos, señaló que es justamente ahí donde se involucra el rol de lo establecido por la Ley del Consumidor respecto a “perjuicios materiales, patrimoniales o incluso no patrimoniales de carácter moral que pudieran causarse a las personas afectadas con la interrupción de los servicios”.

Por ejemplo, si se trata de una suspensión injustificada de los servicios, la normativa establece “una fórmula de cálculo de una indemnización de perjuicios para los consumidores afectados”.

Importancia del reclamo

En ese sentido, recordó que el Sernac ha llamado a la ciudadanía a presentar sus reclamos en torno a la interrupción del servicio, ya que esto tiene una doble importancia.

En primer lugar, permite el Servicio “tener información más detallada y a nivel particular respecto de los problemas que están sufriendo, los perjuicios que están sufriendo las personas con ocasión de estos cortes”.

Y, además, por lo general cuando el organismo “efectúa Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC) con las empresas para obtener compensaciones, quienes presentan un reclamo en general obtienen un ítem adicional de indemnización por haber presentado un reclamo ante el Sernac o incluso ante la empresa responsable”.